El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) a través de su Dirección General de Combustibles, advirtió las sanciones reglamentadas en el Decreto 10911/00 para comercios involucrados en la venta o descarga irregular de hidrocarburos.
En este sentido, Juan Paredes, director general de Combustibles del Viceministerio de Comercio y Servicios del MIC, señaló que solo las empresas distribuidoras y estaciones de servicio están habilitadas para comercializar carburantes.
El mismo añadió que la compra de estos productos en fuentes no autorizadas representa un peligro significativo, ya que impide su trazabilidad y capacidad de asegurar la calidad y seguridad.
Esto no solo afecta a los clientes, sino también a los residentes cercanos, ya que estas prácticas sin las medidas adecuadas pueden dar lugar a la liberación de vapores altamente inflamables.
Asimismo, Paredes hizo referencia a los transportes que trasladan los derivados de petróleo: “En estos controles técnicos se verifican diversos aspectos, como el número de compartimentos, el tipo de combustible y medidas de precaución, como por ejemplo que las mangueras cumplan con condiciones técnicas, extintores y otros, siguiendo normas internacionales en la materia”.
En cuanto al rol de la ciudadanía en estos casos, el funcionario declaró que las denuncias oficiales son vitales para proporcionar a las autoridades datos precisos sobre los infractores y facilitar investigaciones y procedimientos exitosos.
Es por ello que Paredes hizo referencia a videos difundidos días atrás en redes sociales, donde se podía ver una descarga irregular en una estación de servicio, y remarcó que este tipo de publicaciones no se constituyen en denuncias formales, ya que generalmente, carecen de información esencial.
Desde el MIC se insta a la ciudadanía a tomar medidas concretas contra esta práctica ilícita, exhortando a realizar reclamos por medio de los canales habilitados, en la página web del MIC o ante instituciones competentes como el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) o la Secretaría de Defensa del Consumidor (Sedeco).
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