La presidenta de URSEA, Silvana Romero dialogó con surtidores

Uruguay.
2 May, 2023
De inminente aprobación Flamante reglamento de URSEA presenta nueva fórmula para fijar márgenes de distribuidoras de combustible
Calcula el “precio máximo intermedio” así como la forma en que este se irá actualizando en el tiempo.

Una de las novedades más trascendentes en el mercado de los combustibles uruguayo en la LUC, fue el cambio de status otorgado a la URSEA por Ley Nro. 19.889 del 9 de junio de 2020, que a través de la modificación de artículos de la Ley Nro. 17598 del 13 de diciembre de 2002, cobró nueva institucionalidad, organizándola como “Servicio Descentralizado”, reconfigurando sus atribuciones.

Posteriormente el Decreto 137/021 del 10 de mayo de ese año, exhortó a la URSEA a “regular determinados aspectos del mercado del crudo y derivados” pasando a controlar todo lo atinente a los refinados (ente otros), y obligada a presentar mes a mes el precio de los combustibles a través del denominado PPI, precisamente en el que el Poder Ejecutivo basa los criterios (conjuntamente con el informe de ANCAP) para determinar los importes en el surtidor.

La LUC no solamente ordena a la URSEA a entregar este insumo mes a mes, sino también la instruye en cuanto a presentar al legislativo un nuevo “Proyecto de Distribución Secundaria”, documento que aún hoy no ha sido divulgado, luego de dos prórrogas solicitadas para hacerlo debido a la complejidad del tema y a la diversidad de opiniones y criterios enraizados en el sector desde la creación de ANCAP en 1912.

ANTECEDENTES DEL MERCADO

La actividad del combustible puede dividirse en tres: la extracción del petróleo, su transporte en buques tanque y la comercialización, la refinación (distribución primaria) en manos de ANCAP y la comercialización (distribuidoras o sellos), fletes y estacioneros, grupo que conforma la denominada “distribución secundaria”.

Este reglamento (a promulgarse) atiende aspectos tales como “Precio Máximo Intermedio”, (PMI) “Costos y responsables del pago de Fletes”, “Precios de Venta al Público” (PVP), además de otorgar por ejemplo los permisos para la apertura de nuevas bocas (Estaciones de Servicio).

¿QUÉ DICE URSEA?

Más allá del tiempo transcurrido y aunque la URSEA aún no ha promulgado el referido reglamento, en algunos aspectos, ha legislado por “Decretos Reglamentarios” aplicables al sector.

A fin de explicar en qué se encuentra este tema, y otros aspectos, Surtidores conversó con la presidenta del organismo Silvana Romero, y el gerente general del organismo Andrés Hermida, quienes adelantaron a modo de primicia que en breve se estará promulgando este reglamento “del que se han recogido opiniones y aportes de todos los sectores, lo que naturalmente lo enriqueció muchísimo” dijo Romero.

Explicó que en esta etapa lo que se puso a consulta pública fue el denominado “Margen de los Distribuidores”.

CAMBIOS EN LOS MÁRGENES DE LAS DISTRIBUIDORAS

Hermida manifestó que esta consulta pública a la que hacía referencia la presidenta, contiene el PMI o margen de los distribuidores. “En ese sentido hemos tenido varios aportes, enriquecidos por al trabajo de una consultoría internacional de prestigio, junto a nuestros técnicos” señaló.

Hemos llegado a una fórmula para calcular el PMI (precio máximo intermedio), así como la forma en que este se irá actualizando en el tiempo”, expresó Hermida  al respecto.

El funcionario reveló que el reglamento está listo y ya se encuentra a aprobación del Directorio de URSEA, “así que esperamos que en poco tiempo se promulgue”, concluyó.

Etiquetas de la nota: Ancap | combustibles

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