A través del Decreto Supremo Nº 018-2022-EM, el Ministerio de Energía y Minas decidió ampliar los plazos de adecuación para la implementación de la comercialización de gasolinas y gasoholes regular y premium por parte de los agentes de la cadena de distribución.
En este caso, se señaló que los operadores tanto de los establecimientos de venta al público de combustibles como de consumidores directos, tienen un alargue de 60 días adicionales para cumplir con los requisitos.
Según describe la normativa, es necesario establecer tiempos mayores para la adecuación teniendo en cuenta que los volúmenes de inventarios deben ser los más reducidos posibles para lograr obtener los colores de las gasolinas regular y premium. También, aseguran que se necesita para llevar a cabo el proceso de adquisición de colorantes para la comercialización de dichos combustibles.
Además, indicaron que temporalmente se permitirá el uso y comercialización de gasolinas de 84 octanos, en los departamentos de Amazonas, Loreto, Madre de Dios y San Martín, con fecha de caducidad hasta el 30 de junio de 2024.
En este sentido, en los restantes departamentos se podrá comercializar el Gasohol de 84 octanos a nivel nacional hasta el 31 de diciembre de 2023. Cabe destacar que mientras dure esta excepción se mantendrá la identificación como G84 en los equipos que correspondan.
Erick García Portugal, ex director general de hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas y partícipe de la sanción del Decreto cuando estaba en sus funciones, ofreció su testimonio a Surtidores Latam acerca del tema.
“Es una muy buena noticia. Ahora le toca al Minem difundir las ventajas de la norma, la cual era una tarea pendiente que se había aprobado en el 2021, y que por fin se materializará en el 2023”, comentó.
“Asimismo, el Osinergmin debe acompañar a los agentes de la cadena para un tránsito ordenado con una acción de capacitación y difusión de los alcances”, resumió García Portugal.
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