La ley impulsada por Federico Sturzenegger abre la posibilidad a que las tiendas de conveniencia puedan incluir las propinas

Argentina.
22 Jul, 2024
Falta de efectivo Incertidumbre en las Estaciones de Servicio por la posible sanción de un decreto que imponga la “propina obligatoria”
La medida que se aplica en diferentes lugares del mundo y que a nivel nacional se transformó en una costumbre que depende de la voluntad del consumidor, avanza hacia el blanqueo.

El anuncio del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, puede producir un cambio histórico con la posible sanción de una ley que formalizará la inclusión de la propina en las facturas de bares y restaurantes.

La medida impulsada por el flamante funcionario y respaldada por el presidente Javier Milei, promete «mejorar los salarios del sector gastronómico» y solucionar la recurrente problemática de la falta de efectivo, pero abre la posibilidad a que otras actividades como la de las Estaciones de Servicio y tiendas de conveniencia puedan luego ser incluidas en esta regla.

Esta decisión de avanzar con la iniciativa, obligaría a los gremios a reestructurar sus convenios laborales, ya que las propinas pasarían a ser reconocidas como parte del sueldo de los trabajadores. Los establecimientos también tendrían que readaptar sus sistemas de facturación, lo que implicaría un aumento en los costos operativos y administrativos, hecho que también pone en vilo a los expendedores de combustibles ya que ambos rubros poseen en sus acuerdos laborales puntos en común.

La idea de una propina obligatoria no es nueva en Argentina. En 2019, Luis Barrionuevo, histórico líder de UTHGRA, había solicitado su inclusión oficial en las facturas con un laudo del 14 por ciento al 18 por ciento, dependiendo de la categoría y facturación del local. Aún más atrás en la historia, el “laudo gastronómico” del 10 por ciento fue impuesto en 1945 por Juan Domingo Perón, permaneciendo vigente hasta la dictadura de 1955, y reinstaurado brevemente en 1973 antes de ser eliminado nuevamente en 1980.

En la actualidad, aunque la retribución no es obligatoria en Argentina, es habitual dejar un 10 por ciento de la cuenta si el servicio fue satisfactorio. Este porcentaje es similar al de otros países como Brasil y Francia, donde sí está incluida en la cuenta, o Estados Unidos, que aunque no es obligatoria, ronda del 15 al 20 por ciento.

La implementación de esta medida en el sector estacionero, podría tener un impacto significativo. Francisco Berdaguer, abogado laboralista asesor de Estaciones de Servicio, expresó sus dudas sobre la viabilidad de replicar esta práctica de manera obligatoria en el sector.

Al respecto, señaló a surtidores.com.ar que la propina no es una costumbre frecuente en este ámbito y que su inclusión encarecería el costo laboral al aumentar la base salarial. El especialista citó el artículo 113 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), que las considera parte de la remuneración, solo si son habituales y no están prohibidas.

Etiquetas de la nota: estaciones de servicio

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