El mecanismo de fiscalización es obligatorio para Estaciones de Servicio

Argentina.
30 Sep, 2025
Hasta 2026 El Gobierno prorrogó el uso de marcadores químicos para controlar el origen de los combustibles
La medida busca dar previsibilidad al sector y permitirá agotar los stocks existentes antes de la entrada en vigor del nuevo esquema en 2027.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero dispuso una nueva modificación en el régimen de homologación de marcadores químicos y reagentes utilizados en combustibles líquidos, a través de la Resolución General 5766/2025, publicada en el Boletín Oficial.

La medida extiende los plazos de utilización de los productos ya aprobados y establece un cronograma que permitirá a los operadores del sector agotar sus existencias antes de migrar al sistema más reciente, al tiempo que fija la derogación de resoluciones previas a partir de 2027.

El sistema de marcadores químicos es una herramienta para garantizar la trazabilidad de los combustibles, evitar maniobras de adulteración y controlar con mayor eficacia el pago de impuestos establecidos. Este mecanismo es obligatorio para Estaciones de Servicio, productores, distribuidores y fraccionadores, que deben incorporar en cada lote los componentes químicos homologados y adquiridos a proveedores autorizados.

Con esta resolución, ARCA introduce cambios en la Resolución General N° 5703, que había habilitado a la empresa CORAS S.A. Argentina a comercializar marcadores químicos y reagentes hasta septiembre de este año. La modificación ahora autoriza la utilización de los insumos vigentes hasta nuevas fechas límite, extendiendo los plazos de comercialización y uso. En concreto, se estableció que los marcadores del sistema VERISYM AAN y VERISYM SLV podrán emplearse en productos como nafta virgen y gasolina natural hasta el 31 de diciembre de 2026. Por su parte, los reagentes VERISYM FAAF y VERISYM PAT, destinados a determinados productos contemplados en la ley, tendrán validez hasta el 31 de enero de 2026.

La decisión responde a un planteo de las cámaras empresarias del sector, que advirtieron sobre la existencia de “stocks” de productos en condiciones de ser utilizados más allá del plazo inicialmente previsto. ARCA aceptó este argumento y resolvió fijar un cronograma de transición, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales sin generar perjuicios económicos derivados de un cambio abrupto de insumos. De este modo, las empresas podrán continuar empleando los reactivos hasta agotar existencias, en un esquema que extiende certezas regulatorias al menos hasta fines de 2026.

En paralelo, el organismo dispuso que, a partir del 1 de enero de 2027, quedarán derogadas las Resoluciones Generales N° 4.234, 5.098, 5.380, 5.428 y 5.571, que regulaban instancias anteriores del régimen de homologación. Esto significa que, desde esa fecha, el único marco normativo vigente será el que surja de la nueva reglamentación, consolidando el esquema de control y reduciendo la dispersión regulatoria.

La medida fue dictada en ejercicio de las facultades conferidas a ARCA por la Ley 23.966, los decretos reglamentarios y las normas complementarias vigentes. Según se explica en los considerandos, el organismo buscó un equilibrio entre la necesidad de garantizar el control fiscal y la trazabilidad de los combustibles y la de atender los reclamos de las empresas para evitar pérdidas económicas por insumos no utilizados.

Etiquetas de la nota: combustibles | estaciones de servicio

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Seguir Leyendo

Síguenos
en nuestras redes