Vigencia permisos petrolíferos CRE
México.
6 Oct, 2025
Normativas Permisos petrolíferos: vigencias más cortas y fin de las prórrogas generan nuevos retos regulatorios
Los nuevos reglamentos de la Ley del Sector Hidrocarburos establecen criterios más estrictos para otorgar permisos, incluyendo evaluación de inversión, complejidad de infraestructura y cumplimientos.

La Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación, los nuevos Reglamentos de las Leyes Secundarias en materia energética. Entre las disposiciones más relevantes se encuentra la regulación de la vigencia de los permisos para actividades en el sector de petrolíferos, un tema que ahora adquiere mayor relevancia para empresas y operadores del sector.

Los permisos en este sector son otorgados por la Comisión Nacional de Energía, conforme a lo establecido en el Artículo 116 de la Ley del Sector Hidrocarburos. La norma faculta a la autoridad a expedir permisos para distintas actividades, incluyendo formulación, almacenamiento, transporte, distribución, comercialización y despacho para autoconsumo.

El artículo 93 del reglamento define claramente la vigencia máxima para cada tipo de actividad: hasta 5 años para formulación; 30 años para almacenamiento y transporte por ductos; 15 años para transporte por medios distintos a ductos; 20 años para distribuidores y gasolineras; 15 años para despacho para autoconsumo; y hasta dos años para comercialización. 

La autoridad determinará la duración específica considerando características particulares de cada proyecto, como la localización, los volúmenes operativos, la demanda local y regional, y el impacto sobre el sano desarrollo del mercado.

Además de estos criterios generales, el reglamento establece que el comité técnico evaluará aspectos como el nivel de inversión y vida útil del proyecto, la complejidad de la infraestructura asociada, el comportamiento previo del solicitante en términos de cumplimiento regulatorio, la región y mercado donde se desarrollará la actividad, y el periodo estimado de retorno de la inversión.

Un cambio significativo respecto al reglamento anterior es la eliminación de la posibilidad de prorrogar permisos. Anteriormente, las permisionarias podían solicitar una prórroga de hasta la mitad de la vigencia original, siempre que demostraran cumplimiento de los requisitos. Ahora, si las empresas desean continuar sus operaciones tras el vencimiento de un permiso, deberán presentar una nueva solicitud al menos un año antes del término del mismo y cumplir con todos los requisitos aplicables para una habilitación. 

“A partir de ahora, el cumplimiento regulatorio será un factor decisivo para acceder a nuevos permisos”, advirtió en diálogo con Surtidores Latam, Alicia Zazueta Payán, CEO de Eservices. “Se recomienda a los operadores del sector realizar auditorías internas para garantizar que sus compromisos y obligaciones estén totalmente al día, evitando contratiempos en la tramitación de nuevos permisos”, relató. 

Este cambio en la regulación genera implicaciones directas para la planificación de proyectos y el retorno de inversión. Las empresas deberán ajustar sus estrategias, considerando que la duración de los permisos será menor en algunos casos y que no existe la opción de extenderlos. Esto puede impactar la certeza jurídica y financiera de las inversiones en el sector, especialmente en proyectos de gran escala o con largos periodos de recuperación de capital.

La publicación de estos reglamentos pone fin a un retraso de tres semanas respecto del plazo establecido por el Legislativo, marcando un hito en la implementación de las leyes secundarias en materia energética y reforzando la intención de la autoridad por garantizar una mayor supervisión y control de las actividades petrolíferas en México.

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