La reciente actualización normativa emitida por el Ministerio de Trabajo marca un cambio profundo en la forma en que las empresas deben evaluar la salud de sus trabajadores. La Resolución 1843 de 2025 introduce nuevas obligaciones, amplía los tipos de exámenes médicos ocupacionales y redefine los criterios para su aplicación, transformando el enfoque de prevención y seguimiento dentro de los entornos laborales del país.
FECEC compartió con Surtidores LATAM los principales cambios que trae esta nueva regulación, que ya se encuentra vigente. Esta norma busca modernizar el sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, ampliando las evaluaciones médicas y ajustándolas a las necesidades reales del trabajador y al riesgo asociado a su cargo, dejando atrás modelos que se habían quedado desactualizados.
Uno de los cambios más importantes es que las evaluaciones ocupacionales ya no se limitan a las tradicionales de ingreso, periódicas y de egreso. La nueva normativa incorpora modalidades adicionales que permiten un seguimiento más completo y dinámico, estandarizando criterios que antes estaban fragmentados y fortaleciendo la capacidad de las empresas para identificar a tiempo posibles alteraciones de salud.
En cuanto a los tipos de exámenes, FECEC explicó que los de pre-ingreso continúan determinando la aptitud del trabajador para iniciar labores. Los exámenes periódicos, por su parte, ahora se ajustan al nivel de riesgo y estado de salud del empleado, con una frecuencia mínima de cada tres años, aunque en actividades de alto riesgo pueden ser anuales o más frecuentes, especialmente en el sector de combustibles donde la exposición es mayor.
Los exámenes de egreso también se mantienen, pero la resolución incorpora nuevas modalidades como los exámenes post-incapacidad, obligatorios cuando la ausencia es igual o superior a 30 días. A esto se suma la evaluación de retorno laboral, necesaria cuando el colaborador ha estado por fuera de la empresa más de 90 días por causas no médicas, garantizando que pueda reintegrarse sin riesgos adicionales para su salud.
Además, se establece la categoría de seguimiento o control, destinada a monitorear condiciones de salud previamente identificadas. FECEC resaltó un aspecto clave: ahora las evaluaciones se basarán en el perfil del cargo y no en el profesiograma, lo que permitirá análisis más personalizados y pertinentes para cada puesto de trabajo.
La resolución también define responsabilidades claras para los empleadores. Entre ellas, asumir el costo total de los exámenes ocupacionales, garantizar que estos sean realizados por profesionales con licencia vigente en salud ocupacional o medicina del trabajo, y mantener la custodia, conservación y confidencialidad de la historia clínica ocupacional. Todo ello en consonancia con las exigencias actuales en protección de datos.
Asimismo, los empleadores deben implementar las recomendaciones médicas resultantes de los exámenes en un plazo máximo de 20 días, una obligación que busca evitar retrasos en la adopción de medidas de prevención o ajustes necesarios para proteger al trabajador. Para FECEC, este es uno de los puntos que más desafiará a las empresas, pero también uno de los que más aportará a la seguridad laboral.
Finalmente, la Resolución 1843 de 2025 derogó normas anteriores, entre ellas la histórica Resolución 2346 de 2007, y establece un nuevo marco regulatorio que pone al país en línea con estándares internacionales en materia de salud ocupacional. Para el sector de Estaciones de Servicio y combustibles, explicaron que este cambio implica una transición necesaria hacia procesos más rigurosos, modernos y centrados en el bienestar del trabajador.












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