El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) emitió una Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas, la N° 088-2023-OS/GRT, que establece las nuevas bandas de precios y márgenes comerciales para el Gas Licuado de Petróleo (GLP-E) y el Diésel B5 destinado al uso vehicular.
Cabe destacar que estos ajustes que entraron en vigencia desde hoy, viernes 1 de diciembre hasta el jueves 28 de diciembre del corriente año, establecen los límites que los grifos y Estaciones de Servicio no deben superar.
En relación con el GLP-E destinado al envasado, Osinergmin ha fijado un límite superior de S/1,69 por kilogramo y un límite inferior de S/1,63 por kilogramo. En ese sentido, estos parámetros proporcionan una guía clara para los consumidores sobre las expectativas de precios durante el próximo mes.
Asimismo, para el Diésel B5 destinado al uso vehicular, tanto el de Bajo Azufre como el de Alto Azufre, se han establecido precios con un límite superior de S/11,33 y un límite inferior de S/11,23.
Es importante señalar que estas cifras indican que los precios de venta al público no deben exceder estos precios durante el período mencionado, ya que están contemplados en el Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles.
En ese sentido, los límites establecidos por Osinergmin pretenden evitar fluctuaciones bruscas en los precios, brindando seguridad tanto a consumidores como a actores de la industria.
Una de las grandes ayudas para con los clientes que buscan los precios más bajos es la herramienta «Facilito”. Este aplicativo no solo proporciona datos sobre los precios de los combustibles, sino que también ofrece información sobre la ubicación de la Estación de Servicio más cercana que ofrece los mejores costos.
En este contexto donde los precios fluctúan, esta tecnología se convierte en un recurso valioso para los conductores y propietarios de vehículos, así como para aquellos que utilizan gas envasado en sus hogares.
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