Con la reciente publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo CT/1.SE/2-2025, la Comisión Nacional de Energía (CNE) avanza hacia la consolidación institucional al formalizar las Reglas de Operación de su Comité Técnico. Estas disposiciones, que entrarán en vigor el 25 de junio de 2025, establecen el marco normativo bajo el cual operará este órgano colegiado encargado de analizar y validar los actos jurídicos y administrativos que escapan de la competencia directa de la Dirección General.
El proceso se enmarca dentro de una serie de hitos legislativos iniciados con el Decreto de emisión de Leyes Secundarias el 18 de marzo de 2025, seguido por la publicación del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Energía el 8 de mayo, y finalmente la entrada en funciones del organismo, anunciada por la Secretaría de Energía el 21 de mayo. La aprobación de las reglas en la primera sesión extraordinaria del Comité Técnico, celebrada el 11 de junio, representa el broche de oro en esta etapa organizacional.
Desde GMB abogados, expresaron a Surtidores Latam, que las nuevas reglas definen la naturaleza jurídica del Comité Técnico como un ente colegiado que contribuye al buen desempeño de la CNE y garantiza mayor transparencia en el otorgamiento de permisos y emisión de regulaciones energéticas. “Con estas reglas, la Comisión se dota de un instrumento claro que permite articular procesos internos de decisión con base en criterios técnicos y administrativos sólidos”, expresó.
El Comité estará integrado por titulares de distintas áreas, como la Secretaría de Energía, las subsecretarías de Electricidad e Hidrocarburos, y las unidades homónimas dentro de la propia CNE. A ellos se suman tres personas expertas técnicas del sector energético designadas por el Ejecutivo Federal, cuya participación será indispensable y obligatoriamente presencial.
Además, se contemplan invitados permanentes sin derecho a voto, como la Subsecretaría de Planeación y Transición Energética, la Dirección General de la Comisión y el Órgano Interno de Control. El Comité podrá sesionar de manera ordinaria o extraordinaria, de forma presencial, semipresencial o telemática, y contará con una Secretaría Técnica encargada de articular y documentar todo el proceso operativo.
Las sesiones estarán sujetas a reglas estrictas en cuanto a quórum, uso de la voz, votaciones (que no admitirán abstenciones), recesos, reprogramaciones y elaboración de actas. También se establecen mecanismos de excusa por conflicto de interés y causales de remoción en caso de inasistencias injustificadas de las personas expertas.
Para reforzar la transparencia, toda la documentación generada por el Comité, incluidas las actas, deberá publicarse en el Registro Público. Las reglas también estipulan un procedimiento para su modificación y contemplan sanciones conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas ante posibles omisiones o incumplimientos.
Según los expertos, este nuevo marco normativo representa un paso relevante hacia una institucionalidad energética más robusta y técnica, en línea con los desafíos que enfrenta el país en la regulación del sector. La implementación efectiva de estas reglas será importante para consolidar el rol de la CNE como garante de una gestión energética ordenada, transparente y eficiente.
0 comentarios