El próximo 31 de diciembre marcará el cierre del plazo establecido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que las gasolineras de todo México presenten el certificado de la correcta operación y funcionamiento de sus equipos y programas informáticos. Esta obligación, fundamentada en el Anexo 30 de la vigente miscelánea fiscal, se aplica a todas las Estaciones de Servicio del país.
Desde Verifigas, la empresa mexicana especializada en la inspección de sistemas de control volumétrico, expresaron a Surtidores Latam, la importancia de que los propietarios de gasolineras inicien la gestión de la documentación de sus sistemas y controles volumétricos.
Gabriel Rosas Navarro, Gerente de Operaciones en Verifigas, destacó que el cumplimiento no debería considerarse como una simple obligación, sino como un proceso constante para garantizar la eficiencia operativa.
Según los datos, actualmente, al menos el 50% de las 13,800 Estaciones de Servicio en todo el país podrían no estar en condiciones de cumplir a tiempo con la presentación del certificado. Mientras algunas ya han iniciado el proceso, la otra mitad podría no haber comenzado aún la gestión y documentación de sus sistemas, lo que podría ponerlas en riesgo de posibles sanciones por parte de la autoridad fiscal.
Navarro comentó: «El Anexo 30 nos proporciona una radiografía de la operación y los sistemas de medición. Este método informático es esencial para llevar una administración eficiente de las transacciones y el funcionamiento general de la estación. De manera simplificada, se trata de asegurar que todo lo que se compra se venda o esté en almacén.»
El gerente de operaciones también resaltó que los sistemas de medición deben estar debidamente calibrados para llevar un control preciso de todos los productos, desde la entrada hasta la venta, incluyendo inventario, documentación de productos y pérdidas.
“Es esencial que los dueños de gasolineras se mantengan al tanto de los requerimientos establecidos por la miscelánea fiscal actual, ya que la falta de cumplimiento puede resultar en multas determinadas por la autoridad fiscal según cada caso”, señaló.
Cabe destacar que, a partir de la fecha límite, el SAT estará facultado para requerir los certificados de cumplimiento en cualquier momento. Por tanto, se vuelve crucial que todos aquellos obligados a llevar controles volumétricos presenten su certificado antes de la fecha límite establecida para evitar inconvenientes y posibles sanciones.
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