En un reciente pronunciamiento, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió confirmar el despido con causa de un empleado de una Estación de Servicio, acusado de haber llevado adelante maniobras fraudulentas en la facturación de cargas de combustible. El fallo consideró probado que el trabajador registró montos superiores a los realmente expendidos, generando un perjuicio económico para clientes y para la empresa, lo que implicó una pérdida de confianza irreversible.
La controversia se originó en un episodio ocurrido en octubre de 2020, cuando el empleado fue señalado por un cliente por haber facturado una suma que duplicaba el valor real de la carga realizada en el surtidor. De acuerdo con las constancias de la causa, el arqueo de caja posterior no registró sobrantes que justificaran un error involuntario, sino que reveló una maniobra deliberada.
Durante el proceso judicial, distintos testigos confirmaron que la conducta cuestionada no era un hecho aislado. Se mencionaron antecedentes de sanciones previas por situaciones similares, que incluían apercibimientos y suspensiones, lo que reforzó la conclusión de que la inconducta constituía una reiteración de comportamientos irregulares.
La Cámara entendió que la empleadora cumplió con la carga de probar los hechos denunciados y coincidió con lo resuelto en primera instancia en cuanto a la existencia de una “grave injuria laboral” que impedía la continuidad del vínculo. Según el fallo, la conducta atribuida violó los principios básicos de buena fe que deben regir en toda relación de trabajo y configuró una pérdida de confianza insalvable.
Con este criterio, el tribunal desestimó la pretensión del trabajador de acceder a las indemnizaciones previstas por la Ley de Contrato de Trabajo y por normas especiales que incrementan los resarcimientos en casos de despido. La sentencia también rechazó el pedido de aplicar el decreto que establecía la doble indemnización por despidos sin causa, entendiendo que no correspondía por haberse acreditado la justa causa.
En paralelo, la resolución ajustó los honorarios profesionales de la representación legal del demandante, elevando el monto fijado en primera instancia. Asimismo, dispuso que las costas del proceso de apelación quedaran a cargo del trabajador, al haber resultado vencido en sus planteos.
El fallo vuelve a poner en primer plano un tema central para el mundo laboral: el alcance de la “pérdida de confianza” como causal de despido. En este caso, los jueces remarcaron que esa condición es un elemento esencial en la prestación de tareas, especialmente en actividades que implican manejo de dinero y trato directo con clientes. Cuando ese vínculo se ve afectado por conductas fraudulentas, la continuidad de la relación se vuelve insostenible.
Al mismo tiempo, la sentencia dejó en claro que no toda denuncia alcanza para justificar un despido: es imprescindible que la empleadora aporte pruebas concretas y consistentes, como ocurrió en este caso a través de testimonios, registros de caja y antecedentes disciplinarios.













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