Los estacioneros alcanzaron un hecho sin antecedentes: una ley que contempla de forma directa las particularidades del expendio de combustibles y fija criterios técnicos acordes a la actividad. La medida llega desde Jujuy y ya despierta interés en otras jurisdicciones.
La Legislatura provincial sancionó la Ley N° 6504 (ver al pie de la nota), que establece un régimen específico de prevención y protección contra incendios en Estaciones de Servicio. El cambio apunta a dejar atrás esquemas generales aplicados durante años, que obligaban a inversiones elevadas sin relación directa con el comportamiento del fuego en hidrocarburos.
En distintas provincias, los operadores debieron instalar sistemas fijos de gran escala, con costos muy altos y resultados discutidos. Desde el sector sostienen que esas exigencias no siempre respondían a las necesidades reales de la actividad, lo que generó reclamos para avanzar hacia soluciones más eficientes.
La norma jujeña introduce un enfoque distinto. Define que la intervención ante focos ígneos debe ser móvil, inmediata y sectorizada. En la práctica, esto implica el uso de matafuegos portátiles, equipos rodantes y materiales absorbentes ubicados en puntos estratégicos de cada estación.
El objetivo es actuar con rapidez sobre el origen del incendio, evitando su propagación. A su vez, se fortalece el rol del personal, que pasa a ser protagonista en la primera respuesta ante una emergencia. La ley fija condiciones mínimas de seguridad, como la presencia de equipos en cada isla de surtidores, áreas de servicio y depósitos, junto con elementos para el control de derrames.
Otro punto central es la exclusión del agua como agente extintor en zonas críticas. La normativa establece que, por las características de los combustibles líquidos y gaseosos, deben utilizarse productos específicos como polvo químico o espumógenos.
El texto también exige que todos los equipos estén homologados, cumplan normas técnicas vigentes y cuenten con mantenimiento periódico que garantice su funcionamiento al momento de ser utilizados.
El impulso de esta iniciativa surgió del trabajo articulado entre la Cámara de Expendedores de Combustibles de Jujuy y el Poder Ejecutivo provincial. En representación de la entidad, su presidente, Hugo Moisés, expresó a Surtidores el agradecimiento institucional al Gobierno de la Provincia por haber promovido un régimen claro en materia de prevención de incendios.
Desde la Cámara destacaron que la norma posiciona a Jujuy como referencia a nivel nacional y valoraron el acompañamiento de los legisladores de distintos espacios políticos, al considerar que el acuerdo alcanzado demuestra la importancia de avanzar en soluciones que beneficien al conjunto del sector.
Asimismo, remarcaron que la ley fortalece la seguridad en las estaciones al establecer pautas concretas, impulsar medidas preventivas y fomentar la capacitación del personal, con impacto tanto en las instalaciones como en la comunidad.
El aspecto económico también resulta determinante. Al dejar de lado exigencias vinculadas a sistemas fijos de alto costo, los operadores pueden orientar sus inversiones hacia herramientas más eficaces y acordes a la operatoria diaria. Esto permite aliviar la carga financiera en un momento de ventas en retroceso.
En diferentes regiones del país, cámaras empresarias vienen planteando la necesidad de revisar normativas vigentes que encarecen la actividad sin aportar mejoras sustanciales en materia de seguridad. En ese marco, la experiencia jujeña comienza a ser observada con atención.
Dentro del sector ya se menciona la posibilidad de que este esquema sea tomado como base para iniciativas similares en otras provincias e incluso para una futura norma de alcance nacional.
Por lo pronto, el dato sobresale por sí solo: por primera vez, una ley no solo regula, sino que también contempla las necesidades de quienes operan Estaciones de Servicio, ordena criterios técnicos y limita exigencias que no guardan relación con el riesgo real.


















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