El Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina emitió un fallo histórico en la disputa entre Ecuador y Perú por los precios de los combustibles para los transportistas internacionales.
La decisión fue a favor del Perú, declarando que se habían violado los principios de no discriminación, trato nacional, igualdad de tratamiento legal y libre competencia establecidos en el ordenamiento jurídico comunitario andino así como el artículo 4 del Tratado de Creación del TJCAN.
En tanto, desde el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo expresaron su satisfacción por la decisión. “Esta sentencia constituye una excelente noticia para el país. Esperamos que el Gobierno ecuatoriano acate lo ordenado por el TJCAN, con el objetivo de que nuestros transportistas puedan competir sin discriminación y en igualdad de condiciones”, sostuvo su titular, Juan Carlos Mathews.
Cabe recordar que la demanda fue presentada argumentando que Ecuador estaba cobrando precios más altos a los transportistas peruanos y otros extranjeros que circulaban dentro de su territorio.
En ese sentido, la diferenciación de precios había afectado el costo logístico del comercio peruano y había generado una pérdida de competitividad para los transportistas.
Es por esto, que en respuesta al fallo del tribunal, se ha ordenado a Ecuador que tome las medidas necesarias para cesar esta conducta en un plazo máximo de 90 días. Esto significa que los vehículos de transporte peruanos recibirán los mismos beneficios en la compra de combustibles que los vehículos ecuatorianos al circular por Ecuador.
“El servicio de transporte internacional terrestre de mercancías y pasajeros constituye la piedra angular del proceso de integración andino. Esta normativa ecuatoriana ha vulnerado el derecho de nuestros transportistas a ser tratados de manera no discriminatoria, y de recibir un trato no menos favorable frente a los transportistas de placa ecuatoriana” comunicaron desde el Mincetur Perú.
Cabe destacar que Ecuador tiene la opción de apelar la decisión del tribunal durante el período de 90 días. Sin embargo, mientras tanto, deberá tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia.
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