El escenario actual cambia el tablero para muchos pedidos que estaban encaminados

Uruguay.
21 Mar, 2024
Resolución 188/024 de URSEA A partir de ahora las solicitudes de apertura de nuevas estaciones deberán contar con el aval de uno de los tres sellos
Los trámites ya iniciados quedarán pendientes de aprobación hasta completar este requisito.

Luego del exhorto del Poder Ejecutivo plasmado en el Decreto Nº 137/021, la URSEA informó  sobre la decisión de su directorio de complementar lo dispuesto en la Resolución N° 377 del 4 de octubre 2022 (reforma en el sector de los combustibles líquidos), estableciendo que toda solicitud de apertura de nueva Estaciones de Servicio, deberá ser presentada conjuntamente con el sello respectivo.

Esta medida entró en vigencia a partir de la fecha de la resolución 188/24, que fue publicada en el Diario Oficial el 18/03/2024.

La unidad reguladora explicó que “todos los expedientes de solicitud de apertura de nuevos puestos de venta de combustibles líquidos que se encuentren en trámite ante esta Unidad, deberán cumplir con lo dispuesto en la nueva resolución, siendo notificados en tal sentido”.

ANCAP, AXION O DISA

El escenario actual cambia el tablero para muchos pedidos que estaban encaminados por particulares sin el aval de uno de los tres sellos, que ahora demandarán contar con la certificación oficial  de ANCAP, AXION o DISA.

Una fuente de URSEA consultada por Surtidores, dijo la medida se fundamenta “en la legislación vigente y en el compromiso de URSEA con el adecuado funcionamiento del sector de los combustibles líquidos y contribuirá a promover un entorno de competencia más justa y transparente”.

Con la sanción de la resolución cambian entonces las condiciones y requisitos que deben cumplir quienes estén interesados en realizar la apertura, instalación, operación, traslado y cierre de estaciones de expendio en Uruguay.

Etiquetas de la nota: combustibles | estaciones de servicio

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