Uruguay.
12 Sep, 2024
Por razones ambientales A partir del 1° de enero 2026, adquisición de nuevos ómnibus a gasoil dejarán de percibir el fideicomiso al boleto
El nuevo gravamen incluirá a las unidades eléctricas para financiar las cuotas de su adquisición por parte de las empresas de transporte.

El fomento a la incorporación de unidades eléctricas a las flotas de transporte capitalino en paulatina sustitución por las unidades a gasoil, es una de las medidas que acaba de aprobar el Poder Ejecutivo, pensando en la necesidad y conveniencia de avanzar en la anunciada “Segunda Transición Energética”.

La concreción de políticas públicas que incentiven la movilidad sostenible, de forma de contribuir al cumplimiento de los compromisos asumidos por el país para mitigar el cambio climático, ha sido el principal argumento del gobierno en el espíritu de esta medida, que apunta, a la descarbonización por CO2 que emite el sistema de transporte capitalino, de todo el país.

FIDEICOMISO SOSTENIBLE

En este sentido, fue promulgado el Decreto 143/24, firmado por el presidente Luis Lacalle Pou, que en su artículo 10 establece “a partir del 1° de enero de 2026, por razones ambientales y a efectos de impulsar la modernización de la flota, no serán considerados para el cálculo del reintegro, los litros consumidos de gasoil de aquellos ómnibus con más de 18 años de antigüedad. A los efectos de implementar esta medida los operadores de servicios de transporte público terrestre colectivo de pasajeros deberán declarar anualmente la antigüedad de las unidades de su flota, así como el destino final de las unidades que salen de circulación”.

Esta iniciativa del gobierno, se inscribe dentro del cambio –inserto en la misma ley- a través del que se establece que aquéllos operadores de servicios de transporte público terrestre colectivo de pasajeros que actualmente integran el registro que perciben reintegros del Fideicomiso de Administración del Boleto, pasarán a recibir los mismos de parte del «Fideicomiso para la Movilidad Sostenible» (FiMS) una vez este se encuentre operativo.

NUEVOS ÓMNIBUS A GAS OIL SIN FIDEICOMISO

En su artículo 9, el Decreto 143 establece que a partir de su entrada en vigencia “los litros de gasoil consumidos por nuevos ómnibus que se incorporen al subsistema de transporte público terrestre colectivo de pasajeros Urbano de Montevideo no percibirán reintegros por parte del FiMS”.

A su tiempo, la nueva normativa fija en $ 4,984 (pesos uruguayos cuatro con novecientos ochenta y cuatro milésimas) por litro de gasoil comercializado, la recaudación que deberá realizar la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland con destino al FiMS, al tiempo que establece que “el Poder Ejecutivo podrá fijar nuevos valores y/o ajustes al valor antes referido, los cuales formarán parte del capital fiduciario del denominado FiMS, debiendo ser transferidos los mismos a la cuenta bancaria que así indique la Fiduciaria, una vez operativo el referido Fideicomiso”.

Etiquetas de la nota: combustibles | diesel

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