Las Estaciones de Servicio en Argentina están obligadas a cumplir con el Decreto PEN 1633/2006, que reglamenta el uso de trazadores químicos para identificar combustibles exentos de impuestos. Este decreto, basado en las leyes 26.111 y 23.966, establece que deben realizar un ensayo para detectar que los productos destinados a usos específicos o zonas geográficas exentas de impuestos puedan ser distinguidos de aquellos que no lo están.
El control implica la adquisición de un kit compuesto por reactivos, tubos de ensayo, guantes y pipetas, cuyo costo en 2006 se cubría con un reintegro de hasta $3.000 en el cómputo del IVA por año y por establecimiento.
Sin embargo, han pasado 18 años sin que dicho monto se actualice. Actualmente, el costo del kit alcanza los U$D 198, de acuerdo con la cotización del Banco Nación. Según explicó el consultor energético Luis Navas, en términos reales, los $3.000 establecidos en 2006 han quedado totalmente desactualizados debido al impacto de la inflación, haciendo que el monto sea mucho más elevado.
“Esta normativa coloca a las Estaciones de Servicio en una posición compleja”, señala el especialista. “Si bien en 2006 el reintegro cubría el total del kit, hoy en día representa una ínfima porción del gasto real”, agrega.
En este sentido, los empresarios han llevado su reclamo ante las autoridades competentes, exigiendo la actualización del importe del reintegro para que refleje los costos actuales. Argumentan que, de no hacerlo, se está penalizando injustamente a los pequeños y medianos expendedores, quienes son los más afectados por los elevados montos operativos.
Navas recordó finalmente que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la obligatoriedad del uso de trazadores químicos y su vigencia y legalidad de su uso, obligando a los estacioneros al empleo de reactivos a fin de distinguir los cortes de hidrocarburos con destino exento del impuesto sobre los combustibles líquidos de los que no lo están, en cada una de sus compras o recepciones de productos.
0 comentarios