Hoy en día, el negocio de las Estaciones de Servicio se enfrenta al desafío de cumplir con las normativas relacionadas a la sostenibilidad ambiental mientras también deben mantener su rentabilidad y eficiencia operativa.
En ese sentido, la Resolución 1362 del 2 de agosto de 2007, promulgada por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, establece los lineamientos para el manejo adecuado de los residuos peligrosos generados por distintas empresas, incluidas las gasolineras.
Cabe remarcar que esta regulación tiene como uno de sus objetivos proteger el medio ambiente y la salud pública, al tiempo que promueve prácticas empresariales responsables. Además, uno de los puntos principales del registro es contar con información normalizada, homogénea y sistemática sobre los desechos generados por las diversas actividades.
“Hay que tener en cuenta que todo material sólido que entra en contacto con los combustibles líquidos de una gasolinera, es considerado residuo peligroso”, había mencionado a Surtidores LATAM la Directora Ambiental y administrativa de la Federación de Estaciones de Combustibles y Energéticos de Colombia (FECEC), Mayerlin Olivera.
El plazo para el reporte de residuos peligrosos tiene como fecha límite el próximo domingo 31 de marzo y los empresarios del sector minorista de combustibles están llamados a cumplir con estos estándares.
Información importante del proceso:
- La inscripción requiere que los generadores de residuos peligrosos diligencien el formato de carta establecido en la Resolución 1362 de 2007, detallando los datos de la Estación de Servicio donde se generan los residuos.
- El Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos está disponible en dos versiones: Web y Excel. (Aquellos administradores o propietarios que encuentren dificultades para completar el registro en línea pueden solicitar el formato Excel a la autoridad ambiental, indicando las razones de su imposibilidad)
- Es necesario que los empresarios gasolineros tengan en cuenta que la autoridad ambiental tiene un plazo máximo de 15 días hábiles para responder a la solicitud de inscripción. Una vez completado este proceso, la Estación de Servicio se considera inscripta.
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