La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) marcó un cambio en la digitalización fiscal a nivel nacional con la promulgación de la Resolución 165, una normativa que redefine el sistema de las transacciones comerciales.
Esta nueva regulación, que entró en vigor desde el 1 de mayo para grandes contribuyentes, introduce cambios para las Estaciones de Servicio, quienes ahora deben implementar la facturación electrónica en todas las ventas realizadas.
Al respecto, la Federación de Estaciones de Combustibles y Energéticos de Colombia (FECEC) compartió con Surtidores LATAM los puntos clave y algunas recomendaciones para los propietarios y administradores del sector minorista de combustibles.
Cabe mencionar que su puesta en marcha en las Estaciones de Servicio no solo implica ajustes tecnológicos, sino también beneficios fiscales y administrativos ya que al emitirlas, los negocios tienen acceso a impuestos descontables y deducciones fiscales.
En ese sentido, desde la entidad comentaron que se requieren datos específicos para emitir las facturas electrónicas, como nombre completo, razón social y número de identificación-NIT del adquirente del producto o servicio.
Asimismo indicaron que las gasolineras deben integrar su software de facturación con los sistemas de surtidores de combustible para garantizar una emisión precisa y automatizada de facturas. Los proveedores tecnológicos deben ofrecer herramientas que cumplan con los estándares establecidos por la DIAN.
“Cuando las Estaciones de Servicio cuenten con una solución transversal en todas las áreas les permitirá de cierta manera cumplir tanto con los requisitos normativos y contar con la información financiera al día”, había mencionado a este medio Deivis Palencia García, Gerente de Datagas, empresa con más de 15 años de experiencia en proveer este tipo de soluciones.
Por último, desde FECEC mencionaron que esta transición no está exenta de desafíos. Los fallos en los sistemas informáticos o eléctricos pueden ocurrir, lo que podría afectar la emisión de facturas electrónicas. En esos casos, las Estaciones de Servicio pueden recurrir a la generación de facturas físicas, previa autorización y con el cumplimiento de las regulaciones tributarias.
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