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Flexibilizan las reservas de combustibles y mezcla de biocombustibles ante riesgo de desabastecimiento

Flexibilizan las reservas de combustibles y mezcla de biocombustibles ante riesgo de desabastecimiento

El MINEM dispuso excepciones temporales para sostener el suministro de gasolinas, gasoholes y diésel B5.


El Ministerio de Energía y Minas activó medidas extraordinarias frente al riesgo de una afectación en el abastecimiento de combustibles líquidos en Perú. A través de la Resolución Directoral N.° 137-2026-MINEM/DGH, publicada este martes 25 de agosto, la autoridad exceptuó temporalmente a productores y distribuidores mayoristas de la obligación de mantener determinados niveles mínimos de existencias de gasolinas y gasoholes Premium y Regular y diésel B5 a nivel nacional.

La decisión responde a un escenario que combina bajos inventarios en distintas plantas de abastecimiento y terminales, dificultades productivas y problemas en las rutas de distribución. El documento oficial advierte que las condiciones actuales elevan el riesgo para las actividades de suministro y podrían generar limitaciones en la comercialización de combustibles líquidos.

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Entre los factores señalados aparece la menor capacidad de producción de combustibles en la Refinería Talara, junto con condiciones climatológicas adversas que están afectando la reposición de inventarios mediante transporte marítimo. A esto se suman demoras en el arribo de buques con combustibles importados, lo que reduce los márgenes disponibles para responder a la demanda interna.

El escenario también tiene un componente terrestre. El MINEM menciona restricciones en la transitabilidad de vías de las regiones declaradas en emergencia y, especialmente, el bloqueo de la Panamericana Sur en el tramo Ático-Ocoña, entre los kilómetros 728 y 782, registrado desde el 16 de agosto. Según la resolución, esta interrupción dificulta el traslado de Biodiésel B100 y Alcohol Carburante hacia el Terminal Mollendo y otras zonas del sur peruano.

Ante esta situación, la norma establece que los productores y distribuidores mayoristas con capacidad de almacenamiento propia o contratada quedan exceptuados de cumplir temporalmente con las existencias mínimas previstas en la regulación. La medida tiene alcance nacional y rige, con eficacia anticipada, desde el 14 de agosto hasta el 13 de septiembre de 2026.

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La segunda excepción tiene un alcance geográfico más acotado. El MINEM suspendió temporalmente determinadas obligaciones vinculadas con la mezcla y comercialización de biocombustibles en Arequipa, Moquegua, Tacna, Puno, Cusco y Madre de Dios. La medida busca permitir que el mercado pueda continuar operando pese a las dificultades para trasladar alcohol carburante y biodiésel hacia esas regiones.

Para las Estaciones de Servicio y los consumidores, la resolución busca evitar que las restricciones logísticas terminen traducidas en problemas mayores de disponibilidad. El propio MINEM advirtió que una eventual limitación en el suministro tendría impacto directo sobre el transporte, la industria, la pesca, la agricultura y otras actividades productivas dependientes de los combustibles líquidos.

Las excepciones para existencias estarán vigentes hasta el 13 de septiembre, mientras que las vinculadas con las mezclas de biocombustibles finalizarán el 1 de septiembre, aunque ambas podrían levantarse antes si mejora la situación. Además, los operadores dispondrán de hasta 15 días calendario después de esos vencimientos para adecuarse nuevamente a las obligaciones regulatorias. El caso será monitoreado por OSINERGMIN, que recibió la resolución para realizar las acciones de control correspondientes.

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