La reglamentación permitirá que haya mayor competencia entre sellos

Uruguay.
13 Feb, 2023
¿Competencia entre empresas? URSEA ya tiene en su poder los aportes para definir el precio al que las distribuidoras le venderán el combustible a las estaciones
No hay impedimentos legales para que cada sello marque su valor.

Cerró el pasado viernes el plazo para presentar, sugerencias y/o hacer aportes al “Anteproyecto de metodología para determinar el margen mayorista y el Precio Máximo Intermedio (PMI) de venta de los combustibles líquidos” promulgado por la URSEA.

Como antecedente, esta unidad reguladora había establecido por Resolución 0142/021, el valor en forma transitoria a partir del 1ro. de julio 2021, transitoriedad, que en breve pasará a reglamentarse.

Dos son las consultas, por un lado, la metodología para fijar los precios y por otro los aportes en cuanto al PMI de los combustibles.

¿QUE ES EL PMI?

La cadena de precios del combustible comienza en la fijación de lo que se denomina PEP (Precio Ex Planta) que surge del PPI (Precio Paridad de Importación). Este es el que la URSEA entiende debe cobrar ANCAP por litro, que por ejemplo para el caso de la gasolina Super 95 es de $ 28,77 si se importara, lo que representa un 40.03 por ciento del costo de cada litro.

A este importe se le deben agregar los impuestos (IMESI, Impuesto al CO2, y tasas) y luego un tercer renglón es denominado PMI (Precio Máximo Intermedio) y refiere -como se explicaba antes- al precio máximo que las distribuidoras (AXION, DISA, DUCSA), deben vender los productos a la red minorista (las Estaciones de Servicio).

LOS PRECIOS AL PÚBLICO

Finalmente tenemos el PMVP (Precio Máximo de Venta al Público), también marcado por URSEA, aunque en este caso nada impide a que un empresario estacionero venda el combustible por debajo de este, a su propio costo o a través de promociones de tarjetas, como de hecho ocurre frecuentemente y se utiliza a modo de fidelización de los clientes.

Hasta el momento, la URSEA calculaba el PMI en forma transitoria en base a criterios ligados a la inflación, costo de vida, etc. situación que espera corregir con este reglamento, de tal modo que este ítem resulte de una fórmula o de la sumatoria de varias con las variables que correspondan.

¿PODRÍA HABER DIFERENCIAS DE PRECIOS ENTRE LOS SELLOS?

Si bien esta práctica no se ha extendido en Uruguay, lo que ha llevado que inclusive haya sido elogiado en el continente por la seguridad del negocio para todos (distribuidoras, estacioneros y clientes), nada impediría -como ocurre en varios países con sistemas de distribución liberados- que por ejemplo uno de los tres sellos decidiera vender sus productos por debajo del PMI en determinado período, precio que podría ser trasladado por los estacioneros de su red al PVP.

Con los aportes recibidos hasta el viernes, habrá que esperar a que la URSEA promulgue el reglamento definitivo para poder entonces, definir la decisión comercial de cada empresa.

Etiquetas de la nota: combustibles | estaciones de servicio

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Seguir Leyendo

Síguenos
en nuestras redes