Con la idea puesta en la responsabilidad ambiental, a los propietarios y empresarios del sector minorista de combustibles a nivel nacional aún les restan algunas tareas que cumplir antes de que finalice el año 2024.
En ese sentido, desde la Federación de Estaciones de Combustibles y Energéticos de Colombia (FECEC) emitieron un recordatorio que compartieron con Surtidores LATAM, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones en los próximos meses.
Uno de los puntos más destacados es la presentación de la caracterización de vertimientos, un trámite que debe completarse antes del 31 de diciembre. Este documento es fundamental para que las Estaciones de Servicio aseguren que los vertimientos de aguas residuales cumplen con los estándares establecidos por la legislación ambiental colombiana.
Cabe señalar que las gasolineras deben garantizar que sus sistemas de manejo de residuos líquidos no causen impactos negativos en el entorno y presenten un informe detallado que describa las características y volúmenes de los vertimientos generados durante el año.
Además, es clave que las Estaciones de Servicio mantengan su Plan de Contingencias actualizado. Este documento, que debe estar radicado ante la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA), permite que los establecimientos estén preparados ante posibles emergencias ambientales, como derrames de combustibles u otros incidentes que podrían comprometer la salud pública y el entorno.
En ese sentido, desde FECEC resaltan la importancia de este plan no solo como un requisito legal, sino como una herramienta clave para proteger a las comunidades cercanas y evitar sanciones.
Por otro lado, los empresarios deben entregar todos sus residuos peligrosos a entes certificados y reportar esta información a la plataforma del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM). Así como también deben tener la actualización del PGIRESPEL (Plan de Gestión Integral de Residuos Peligrosos y Especiales).
Por último, un aspecto que aplica específicamente para la ciudad de Bogotá es el trámite de publicidad exterior visual. Las gasolineras que cuentan con avisos de más de 8 m² deben presentar una solicitud ante la SDA, diferenciando entre el aviso de fachada y el aviso de canopy.
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