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Dotación laboral: qué deben entregar los empresarios gasolineros a sus trabajadores

Precisiones sobre prendas, calzado, condiciones para acceder al beneficio, utilización durante la jornada y devolución al finalizar el vínculo.
Dotacion laboral que deben entregar los empresarios gasolineros a sus trabajadores

La dotación laboral tiene reglas específicas que deben ser consideradas por los empresarios de estaciones de servicio. La Asociación de Estaciones de Servicio del Oriente Colombiano, compartió con Surtidores LATAM una serie de precisiones sobre su entrega, uso y las condiciones que deben cumplirse de acuerdo con la normativa laboral colombiana.

Según explicó la entidad, la dotación “no es un regalo ni un beneficio opcional”, sino que tiene como finalidad facilitar el desempeño de las labores para las cuales fue contratado el trabajador. Por ese motivo, el calzado y el vestido deben ser adecuados para la actividad que desarrolla cada empleado.

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Entre las facultades del empleador se encuentra definir las características de las prendas de acuerdo con la labor y con la imagen corporativa de la estación. También puede establecer pautas para su utilización durante la jornada laboral, siempre que estén relacionadas con el propósito de la dotación.

ESOCOL Colombia también remarcó qué prácticas no corresponden. La dotación no puede ser reemplazada por dinero ni entregarse como un monto destinado a que el trabajador realice compras de libre elección.

Cabe mencionar que la asociación diferenció este concepto de los Elementos de Protección Personal, debido a que ambos cumplen una finalidad distinta. Asimismo otro de los aspectos señalados por la organización está relacionado con el uso de las prendas.

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La dotación debe utilizarse para las labores contratadas y, si el trabajador no la emplea para ese fin, “puede aplicarse lo previsto en el artículo 233 del CST para el siguiente período de entrega”, de acuerdo con lo compartido por la asociación.

En cuanto a los trabajadores que tienen derecho a recibirla, ESOCOL Colombia indicó que alcanza a quienes perciben hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, cuentan con más de tres meses de servicio y tienen derecho al calzado y vestido de labor.

La asociación también planteó una situación particular al finalizar el vínculo laboral. La dotación puede ser solicitada de vuelta cuando las prendas contienen logos, marcas o distintivos oficiales que puedan ser utilizados posteriormente en prácticas de suplantación.

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