Colombia.
25 Mar, 2024
Actualidad. El Consejo de Estado anuló la contribución especial de la CREG para los empresarios de la cadena de combustibles líquidos
La resolución representa un alivio financiero y fiscal para los agentes.

El Consejo de Estado anuló el cálculo, liquidación, cobro y el recaudo de la contribución especial de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) para los integrantes de la cadena de combustibles líquidos.

De esta manera, la sentencia que representa un alivio para quienes enfrentaron este tiempo desafíos financieros por esta carga tributaria, declaró la nulidad de resoluciones de la CREG, que datan de diciembre del año 2020. 

La máxima instancia judicial en materia administrativa determinó que dicha entidad excedió sus competencias al fijar la base gravable de la contribución con base en hechos ocurridos en 2019. 

Esta acción, según el Consejo de Estado, violaba el principio de irretroactividad en asuntos tributarios, dejando a los prestadores de la cadena de combustibles líquidos en una posición desfavorable.

Esta decisión se traduce en un ahorro considerable para los empresarios minoristas, estimado en $36.667.868.171, que originalmente estaba destinado a ser recaudado a través de esta contribución parafiscal de acuerdo a lo que indicaron.

«Para el año 2020, la contribución especial impuesta por la CREG era de imposible aplicación para los prestadores de la cadena de combustibles líquidos. Por esta razón, la CREG no tenía competencia para fijar el tributo a cargo de dichos sujetos pasivos por el periodo en mención«, afirmaron desde el Consejo de Estado. 

Asimismo indicaron que la nulidad de las resoluciones 238 y 241 del 2020, que regulaban el procedimiento de cálculo, liquidación y cobro de la contribución especial, desafía la presunción de legalidad que las respaldaba.

Cabe remarcar que este fallo no solo anula la contribución especial para el periodo en cuestión, sino que también establece un precedente importante en cuanto a la competencia regulatoria y la legalidad de los tributos en el sector minorista.

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