Surtidores Latam
Colombia.
Actualidad.

Estaciones de Servicio deberán reportar autoevaluación del SG-SST antes del 31 de julio

La medida obliga a los operadores a registrar el trámite y su plan de mejora en la plataforma del Sistema General de Riesgos Laborales.
Seguridad laboral en Estaciones de Servicio

Las Estaciones de Servicio deberán tener en cuenta la nueva disposición del Ministerio del Trabajo que fija obligaciones clave en materia de seguridad laboral para 2026. A través de la Circular 027 de 2026, la cartera laboral recordó a empleadores y contratantes la obligación de registrar la autoevaluación de los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como los planes de mejoramiento correspondientes.

La medida alcanza a todas las empresas públicas y privadas, incluidos los operadores de estaciones de servicio, un sector donde los riesgos laborales asociados al manejo de combustibles, equipos y atención al público hacen indispensable el cumplimiento estricto de los protocolos de seguridad. En este contexto, la normativa exige reportar la autoevaluación correspondiente a la vigencia 2025.

De acuerdo con la circular, el registro deberá realizarse a través de la plataforma habilitada por el Fondo de Riesgos Laborales, disponible en el aplicativo del Sistema General de Riesgos Laborales. El plazo máximo para completar este trámite será el 31 de julio de 2026, por lo que los empresarios del sector ya pueden comenzar con el proceso.

El Ministerio del Trabajo recordó que todos los años los empleadores deben efectuar una autoevaluación del SG-SST del período anterior. A partir de los resultados obtenidos, las empresas deben elaborar un plan de mejoramiento y definir el plan anual de seguridad y salud en el trabajo para el período en curso.

En el caso de las Estaciones de Servicio, este procedimiento permite evaluar aspectos críticos como la gestión de riesgos operativos, el manejo de sustancias inflamables, la capacitación del personal y los protocolos frente a emergencias

Además del registro en la plataforma oficial, las empresas deberán enviar copia de la autoevaluación y del plan de mejoramiento a su respectiva Administradora de Riesgos Laborales, entidad que deberá analizar la información y emitir recomendaciones para fortalecer las medidas de prevención dentro de cada organización.

La circular también establece que en julio de cada año los empleadores deberán presentar un informe sobre los avances del plan de mejoramiento, tomando en cuenta las observaciones realizadas por la ARL. Posteriormente, durante el mes de diciembre, las compañías deberán formular el plan anual del SG-SST que regirá a partir del 1 de enero del año siguiente.

Finalmente, el Ministerio advirtió que las Administradoras de Riesgos Laborales deberán reportar a las direcciones territoriales del organismo aquellos casos en los que las empresas no cumplan con la entrega de la autoevaluación o con el registro del plan de mejora.

 

estaciones de servicio, grifos, gasolineras, noticias

Noticias relacionadas

Compartí en redes sociales

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *