México.
18 Jul, 2023
Normatividad. Estaciones de Servicio: Nueva prórroga para presentar el certificado de Controles Volumétricos
El SAT decidió aplazar el tiempo para realizar el trámite regulatorio que avala los equipamientos y programas informativos de ejercicios fiscales.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dió una nueva prórroga para que los encargados del sector petrolíferos cumplan con los controles volumétricos.

El comunicado detalla que para los efectos de la regla 2.6.1.4., fracción IV, los contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos podrán presentar un solo certificado de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos que avale los ejercicios fiscales 2022 y 2023, hasta el 31 de diciembre de 2023, conforme a lo señalado en la ficha de trámite 283/CFF “Avisos de controles volumétricos”, contenida en el Anexo 1-A.

Además continúa: “Siempre que conserven como parte de su contabilidad las guías, instructivos, métodos de trabajo o manuales del fabricante para la correcta medición del Hidrocarburo o Petrolífero”

A su vez, la dependencia federal dió a conocer que en caso de que los equipos y sistemas de medición hayan sido sometidos a alguna verificación, conserven la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones en la materia.

Para este año, ya se había ampliado el plazo al 31 de julio de 2023 para dar cumplimiento a la obtención de los certificados de calidad de los sistemas que lleven los controles volumétricos. Sin embargo, según las estadísticas solo el 18 por ciento de las gasolineras habías cumplido con el tema de las disposiciones. 

En base a esto, la Administración General de Grandes Contribuyentes del SAT, expresó que al primer trimestre revisó el cumplimiento de la presentación de dicho reporte e identificó que únicamente dos de cada diez contribuyentes en promedio, cumplieron con dicha obligación.

Cabe destacar que a través de esta normativa, el SAT busca tener un control de lo que se comercializa y evitar la venta en el mercado formal de combustible de procedencia ilícita, como el proveniente del huachicol a ductos o del contrabando mediante la importación con otra fracción arancelaria.

La presente resolución entra en vigor hoy, día posterior al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. (https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-amplia-periodo-para-el-cumplimiento-de-obligaciones-032-2023?idiom=es

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