Las Estaciones de Servicio deben cumplir requisitos técnicos que abarcan desde el diseño de sus instalaciones hasta el almacenamiento de combustibles, la protección contra incendios y el mantenimiento de los equipos. Félix Franklin Montufar Centeno, ingeniero químico y máster en Economía, compartió con Surtidores LATAM un material de referencia sobre los principales códigos y estándares aplicables a estas operaciones.
El análisis reúne disposiciones de cinco organizaciones internacionales: la Asociación Nacional de Protección contra Incendios (NFPA), el Instituto Americano del Petróleo (API), el Instituto de Equipos Petroleros (PEI), la Sociedad Americana de Ingenieros Mecánicos (ASME) y Underwriters Laboratories (UL). El documento organiza las referencias según su campo de aplicación y permite identificar qué aspectos técnicos contempla cada una.

Dentro del conjunto de la NFPA, la norma NFPA 30 aborda el almacenamiento y la manipulación de líquidos inflamables y combustibles, mientras que la NFPA 30A se enfoca en instalaciones de suministro de combustibles para motores y talleres de reparación. La NFPA 58, por su parte, contempla los sistemas de gas licuado de petróleo. Estas referencias cubren riesgos asociados con productos inflamables y con las características de las instalaciones donde se almacenan y despachan.
La prevención de incendios también depende de las instalaciones eléctricas y de los sistemas de protección. La NFPA 70 establece requisitos para las instalaciones eléctricas; la NFPA 77 reúne prácticas recomendadas para controlar la electricidad estática; y la NFPA 780 aborda la protección contra rayos. A su vez, la NFPA 10 trata sobre extintores portátiles y la NFPA 25 contempla la inspección, las pruebas y el mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios a base de agua.
Otro eje corresponde a los tanques y las instalaciones de almacenamiento. El Instituto Americano del Petróleo desarrolla estándares y prácticas para distintos componentes de la industria petrolera, incluidos los tanques, la protección contra la corrosión y la inspección de equipos. En paralelo, el Instituto de Equipos Petroleros publica recomendaciones para la instalación y el mantenimiento de sistemas subterráneos de almacenamiento de líquidos, una cuestión relevante para el control de fugas y la conservación de las instalaciones.

En el ámbito de la ingeniería mecánica, ASME aporta referencias para recipientes a presión y sistemas de tuberías. Entre ellas se encuentra el código ASME BPVC, relacionado con la construcción de calderas y recipientes a presión, y la serie ASME B31, que incluye requisitos para distintos tipos de tuberías. Estas disposiciones deben seleccionarse según el equipo, el fluido transportado y las condiciones específicas de operación, sin asumir que todas corresponden a cualquier Estación de Servicio.
El material también incluye estándares de Underwriters Laboratories, entre ellos UL 58 y UL 142, vinculados con tanques de acero para el almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles. La selección del estándar depende del tipo de tanque y de su aplicación. En ese sentido, el documento de Montufar Centeno reúne referencias para diferentes componentes de una instalación, aunque cada proyecto requiere verificar las especificaciones técnicas que corresponden a sus equipos.
La publicación sintetiza su alcance en la descripción “códigos y estándares aplicables al diseño, instalación, operación”. Según explicó, para los operadores, conocer estas referencias permite orientar las revisiones técnicas y los programas de mantenimiento, pero su exigibilidad depende de la legislación y de las disposiciones de cada jurisdicción. En Perú, por ejemplo, corresponde verificar los requisitos establecidos por las autoridades competentes, entre ellas el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, según el tipo de instalación y la actividad desarrollada.





