Colombia.
13 Ene, 2025
Análisis. Aumento del salario mínimo: ¿Qué deben saber los empresarios del sector minorista de combustibles?
Cada día laborado devengarán 47.450 pesos, mientras que la hora valdrá para el empleador de 5.931,25 pesos.

Con la aprobación del aumento del salario mínimo a nivel nacional, fijado en un 9,54% (123.500 pesos), los empleadores, incluidos los empresarios del sector gasolinero ya están ajustando sus presupuestos para afrontar los cambios económicos que se avecinan.

Este incremento, anunciado por el presidente Gustavo Petro y la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, eleva el salario mensual a 1.623.500 pesos, marcando una cifra importante en la estructura de costos laborales.

De acuerdo a un análisis realizado por la Federación de Estaciones de Combustibles y Energéticos de Colombia (FECEC), el nuevo salario diario para los trabajadores será de 47.450 pesos, mientras que el valor de una hora laboral ascenderá a 5.931,25 pesos.

Según el informe de la entidad que agrupa a propietarios del sector minorista de combustible, aunque este aumento busca fortalecer el poder adquisitivo de los empleados, también plantea importantes desafíos ya que los empresarios deberán ajustar sus presupuestos para cubrir los costos adicionales asociados a la seguridad social y otras obligaciones laborales.

En el caso de los aportes a salud, los empleadores deberán destinar el 8,5% del salario mensual, lo que con el nuevo incremento equivale a 121.000 pesos. Asimismo, los aportes a pensión que corresponden a las empresas, calculados al 12%, serán de 170.820 pesos, mientras que los trabajadores deberán contribuir con un 4%, es decir, 56.940 pesos. 

El análisis de FECEC también destacó la importancia de la afiliación de los empleados a una Administradora de Riesgos Laborales (ARL), que cubre gastos relacionados con accidentes laborales. Este aporte varía según el nivel de riesgo de las actividades laborales, oscilando entre el 0,522% (7.431 pesos) y el 6,960% (99.076 pesos) del salario mensual.

Además de los aportes regulares, los empleadores deben asumir otros compromisos económicos como las primas de servicios, cesantías e intereses sobre estas últimas. Las primas se pagan en junio y diciembre, mientras que las cesantías deben ser consignadas antes del 17 de febrero en el fondo elegido por el empleado. 

Según FECEC, en 2025 el valor de las cesantías será de 1.423.500 pesos, y los intereses correspondientes, que deben ser pagados antes del 30 de enero, alcanzarán los 170.820 pesos.

Etiquetas de la nota:

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Seguir Leyendo

Síguenos
en nuestras redes