El decreto no elimina el riesgo de que un trabajador reclame que las propinas formen parte de su salario

Argentina.
27 Ago, 2024
Podría suscitar litigios Ponen reparos a la reglamentación de propinas en las Estaciones de Servicio
Luego de que se diera a conocer la normativa que puso en marcha el marco de regulación de del reconocimiento monetario extra para los empleados de los locales gastronómicos y expendedoras de combustibles, especialistas legales compartieron serias preocupaciones sobre los riesgos futuros que pueda acarrear la medida a los empresarios.

El “blanqueo” del sistema de propinas fue finalmente confirmado a través de un decreto y despertó una polémica y ciertos “temores” de los abogados laboralistas que asesoran a las Estaciones de Servicio, que cuestionaron la legalidad y las implicancias de la medida.

De acuerdo a los legistas consultados, la controversia se centra en el reciente Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 731/2024, que introduce cambios en el artículo 113 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y establece que las propinas no serán consideradas parte de la remuneración.

Si bien el texto de la norma, aclara que son una liberalidad proporcionada directamente por el consumidor al trabajador y asegura que no influirán en la base salarial ni en las condiciones laborales establecidas por el empleador, manteniendo así la naturaleza voluntaria y adicional de este pago, especialistas relativizaron que en la práctica jurídica realmente esta situación se pueda cumplir.

Al respecto, el abogado Francisco Turzi, advirtió que, si bien la decisión ofrece una aparente solución al no considerar las propinas como parte del salario, esto podría no ser suficiente para evitar futuros litigios. «La medida y la disposición vienen por un decreto, pero el carácter o no de remuneración no lo puede disponer el Poder Ejecutivo”, comentó.

Asimismo, analizó que aunque el decreto protege a los estacioneros de posibles multas por no realizar aportes y contribuciones sobre las propinas, no elimina el riesgo de que un trabajador reclame que las mismas formen parte de su salario base, invocando la inconstitucionalidad bajo el principio de “progresividad laboral” consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

Turzi sugirió dos posibles soluciones para mitigar estos riesgos: la creación de una cuenta QR genérica para recolectar las propinas y luego distribuirlas entre los empleados, o depositar las propinas directamente en las cuentas bancarias de los trabajadores. Sin embargo, ambas opciones conllevan sus propios desafíos.

«La implementación de un sistema de propina digital debe estar acompañada de medidas de seguridad robustas para evitar fraudes o errores,» alertó el experto añadiendo que cualquier falla en este sentido podría tener consecuencias legales y penales para los propietarios de las Estaciones de Servicio.

Etiquetas de la nota: combustibles | estaciones de servicio

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