El Gobierno peruano volvió a aplazar la meta. Mediante el Decreto Supremo N° 024-2026-EM, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) modificó las fechas a partir de las cuales será obligatorio despachar diésel y gasolinas con un máximo de 10 partes por millón (ppm) de azufre. En concreto, el salto hacia carburantes más limpios, previsto para el último día de este año, queda para el final de la década.
El nuevo calendario
Hasta ahora, las gasolinas Premium y Regular debían cumplir ese tope desde el 31 de diciembre de 2026, y el diésel B5, un año después. Con el cambio, el esquema queda así:
- Gasolinas y gasoholes Premium: 31 de agosto de 2029, en todo el territorio.
- Gasolinas y gasoholes Regular: 31 de agosto de 2029, excepto en Loreto.
- Diésel B5: 31 de agosto de 2030, con la misma salvedad.
Un detalle a tener en cuenta: Ucayali, que antes compartía la excepción, ya no figura entre las zonas exceptuadas.

Las estaciones, al final de la fila
Productores, importadores, plantas de abastecimiento, terminales y mayoristas tendrán 60 días calendario desde cada fecha para adecuar operaciones e inventarios. Vencido ese lapso, comienza otro de igual duración para las estaciones de servicio y los consumidores directos. Así, los puntos de venta deberán ofrecer solo gasolina de bajo azufre hacia fines de 2029; en el caso del gasóleo, el plazo se extiende hasta el cierre de 2030.
Loreto mantiene su 84
La gasolina de 84 octanos, autorizada en Loreto hasta junio de este año, podrá seguir comercializándose allí hasta el 30 de junio de 2028. El motivo es económico: según el informe técnico del Minem, ese producto representa el 77% de la demanda departamental y cuesta unos S/ 2.19 menos por galón que la Regular.

Por qué se frenó el cambio
El Ejecutivo sostiene que la transición exige infraestructura concreta —refinación, mezcla, almacenamiento, transporte— e inversiones que hoy no están maduras. Las brechas en refinerías y logística, advierte, pondrían en riesgo la seguridad energética.
A cambio, refinerías, plantas e importadores deberán entregar cronogramas en 20 días hábiles, y Osinergmin reportará los avances cada dos meses, con facultad de sancionar.
¿Improrrogable? Habrá que ver
El texto califica los nuevos plazos de “improrrogables”, aunque deja una puerta abierta: cada año, Energía, Ambiente y Economía evaluarán si conviene adelantar la oferta de combustibles limpios de forma gradual, incluso región por región.






